ACUERDO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y CHINA
La Unión Europea y la Administración Nacional del Turismo de China (ANTC) han firmado un protocolo de acuerdo con el propósito de facilitar la llegada de turistas chinos a Europa.
Principales elementos del Acuerdo:
1. Disposiciones generales.
El territorio de la Comunidad gozará de estatuto "destino
autorizado".
El número de participantes en un grupo de turistas chinos no puede ser inferior a 5.
2. Procedimientos relativos a Visados.
La ANTC comunicará a los consulados y embajadas de la Unión Europea un listado de "Agencias de Viajes chinas designadas", con el objetivo de simplificar la expedición de visados turísticos dentro de la "zona Schengen".
Los visados tendrán un período de validez limitado a 30 días.
3. Estancias prolongadas de manera ilegal y readmisión en China.
China se compromete a repatriar a los ciudadanos chinos que prolonguen de manera ilegal su estancia. Las Agencias chinas y sus corresponsales europeos deben señalar al turista que prolongue ilegalmente el plazo.
4. País de acceso a la Unión Europea.
Los países de acceso de la "zona Schengen" sólo pueden extender visados limitados a su propio territorio.
5. Lista de Agencias europeas corresponsales.
Cada Estado miembro, a través de su Organismo nacional de turismo responsable, comunicará la lista de Agencias de su respectivo país, que estén interesadas en ocuparse de visitantes chinos.
Se recuerda que:
El turismo emisor de China alcanzó la cifra de 20 millones en el 2003 y que los expertos estiman que ascenderá a 100 millones en el 2020.
Las Agencias, que deseen incorporarse a esa lista, pueden comunicarlo a la Secretaría General de Turismo a través de la Subdirección General de Cooperación y Coordinación Turística, c/ José Lázaro Galdiano, 6 - 28036 Madrid (Teléfono: 91.343.35.11, nº de fax: 91.343.35.38 ó al correo electrónico sgcooperacion@tourspain.es), antes del 29 de marzo de 2004, aportando los siguientes datos: